Evaluación y posicionamiento sobre la implementación de un Calendario Básico de Vacunaciones para todo el territorio nacional



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Madrid, 6 de marzo de 2012.- La Asociación Española de Pediatría (AEP), a través de su Comité Asesor de Vacunas (CAV), ha analizado detenidamente y de forma pormenorizada las decisiones dictadas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en relación al calendario básico común de vacunación para su cumplimiento por las diferentes CC.AA. que componen el territorio nacional (ver enlace)

La AEP valora positivamente el interés de este Gobierno por homogeneizar el calendario de vacunaciones. De hecho, disponer de un calendario de vacunación único es una de las reivindicaciones históricas de la AEP. Sin embargo, el CAV pretende analizar de forma constructiva los puntos de mejora de las decisiones del Ministerio de Sanidad, que se exponen a continuación:

1. Vacunación de la hepatitis B (HB) a los 0, 2 y 6 meses, con un período de implantación de un año.

La pauta 2, 4, 6 meses para la HB está actualmente vigente en siete comunidades autónomas y en las dos ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en las que no se vacuna en el período neonatal dado que presentan un programa eficaz de cribado gestacional para las madres portadoras de HBsAg (+), asegurándose así el control de la transmisión vertical de la HB. Para el resto de las autonomías en las que existe el esquema 0, 2, 6 o bien 0, 1, 6 meses, el objetivo de la dosis en el momento del nacimiento es evitar la transmisión vertical de la HB en el caso de que la madre fuera portadora de HBsAg y no hubiera sido detectada antes del parto.

La implantación de la pauta 0, 2, 6 meses en las nueve comunidades que actualmente tienen establecida la pauta 2, 4, 6 meses obliga a reestructurar e implementar recursos sanitarios en los hospitales/clínicas para administrar esa dosis al nacimiento, trasladando una dosis de vacuna que esta integrada en los controles de salud infantil del niño sano por su pediatra en los centros de salud, a los hospitales y clínicas donde nazca el niño. Obliga, además, a disponer en los centros de salud de una vacuna pentavalente para administrarla a los 4 meses de edad, en sustitución de la vacuna hexavalente de esa edad, de tal manera que a los 2 meses el niño recibe vacuna hexavalente, a los 4, pentavalente y, a los 6 meses, de nuevo hexavalente, lo que conlleva un aumento del riesgo de errores humanos en la administración de las vacunas.

Por tanto, la implantación del esquema 0, 2, 6 meses en estas nueve comunidades autónomas supone un gasto innecesario y una marcha atrás en la calidad del programa de vacunación, por lo que el CAV de la AEP, basándose en sus recomendaciones de 2012, considera que sería acertada la decisión de dejar la pauta 2, 4, 6 meses en aquellas CC. AA. que actualmente la poseen.

2. Vacuna triple vírica (SRP), primera dosis a los 12 meses, con un período de implantación de un año. Segunda dosis en la franja de edad de 3 a 4 años, con un período de implantación de 3 años.

Con los datos epidemiológicos actuales referentes al sarampión, este Comité comparte la decisión del adelanto de la primera dosis a los 12 meses. Sin embargo, el momento para la segunda dosis no debería sobrepasar la edad de 3 años, con el fin de mejorar el cumplimiento actual de esta inmunización.

Por otro lado, siendo conscientes de que el adelanto de la edad de vacunación actualmente vigente puede generar un incremento del gasto, ya que implicaría mantener una doble cohorte a vacunar durante uno o varios años, consideramos que el período fijado de 3 años para su implantación es llamativamente largo, perpetúa las diferencias y debería acortarse.

3. Tétanos-difteria-tos ferina acelular de baja carga antigénica (Tdpa), quinta dosis de refuerzo a los 6 años, con un período de implantación de un año. Tétanos-difteria (Td), sexta dosis de refuerzo a los 14 años, con un período de implantación de un año.

El CAV de la AEP comparte la recomendación de implantar a los 6 años de edad la 5ª dosis con la vacuna Tdpa, pero considera que esta decisión debiera ser complementada forzosamente con una 6ª dosis de esta misma vacuna (Tdpa) en la adolescencia, dada la disminución de la inmunidad frente a la tos ferina que se produce con el paso de los años. Esta recomendación es acorde con las tendencias europeas y americanas para el control de la tos ferina en niños, adolescentes y adultos. Este Comité estima que la edad óptima para esta 6ª dosis de Tdpa habría que fijarla a una edad concreta entre los 11 y 14 años, para asegurar un buen control pediátrico que permitiera alcanzar las mejores coberturas vacunales.

4. Vacunación frente al virus del papiloma humano (VPH).

La recomendación de la vacunación a los 14 años no es compartida por este Comité. La unificación de la vacunación a los 11-12 años, sobre todo con programas de vacunación a nivel escolar, permitiría mejorar las bajas coberturas actuales para esta inmunización presentes en la mayoría de las CC.AA.

5. Vacunas no incluidas en el calendario básico común propuesto.

La Asociación Española de Pediatría asume que las dificultades económicas que atraviesa actualmente el país influyen en la incorporación de algunas vacunas que finalmente no han sido incluidas en el calendario recomendado por el Ministerio en esta primera fase aprobada; por ello la AEP considera necesario un cronograma de tiempos de introducción de nuevas vacunas que garantice la igualdad en las prestaciones sanitarias de todos los niños en España.

De acuerdo a las recomendaciones del CAV, la AEP solicita un esfuerzo prioritario hacia el derecho a la igualdad, con la incorporación progresiva de la vacunación antineumocócica en el calendario para todos los niños del territorio nacional, como actualmente se viene realizando en las Comunidades de Madrid y Galicia, y la inclusión de la vacuna frente a la varicela en la primera infancia, como se realiza actualmente en las Comunidades de Madrid y Navarra, y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. (Ver calendario de vacunaciones de la AEP para 2012).

La AEP sigue ofreciendo su colaboración y asesoría en todo momento al Ministerio de Sanidad y a las Consejerías de Salud en los aspectos que se precisen para la toma de decisiones técnicas de un calendario básico común de vacunación pediátrica para todo el territorio nacional. En el momento actual debiera ser prioritaria la implicación de las sociedades científicas en las decisiones de la Administración Sanitaria, mediante la formación de grupos de trabajo, con la única idea de elaborar las recomendaciones más efectivas y eficientes para los niños en España. Cabe decir que, hasta la fecha, la AEP no ha sido consultada ni considerada para el diseño técnico de las recomendaciones de vacunación de todos los niños residentes en el territorio nacional.

 

Asociación Española de Pediatría

Madrid, 6 de marzo de 2012

 

 

Gabinete de prensa de la AEP:

Teresa Obregón / María García de Ceca

Tlfno: 91. 787.03.00/ 687.720.280/ 620.844.585

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