La agalsidasa beta es una forma recombinante de la alfa-galactosidasa A humana obtenida en células de ovario de hámster chino mediante tecnología de ADN recombinante. Esta enzima sustituye la actividad de la beta-galactosidasa endógena, disminuida o eliminada en pacientes con enfermedad de Fabry.
Terapia de sustitución enzimática a largo plazo en pacientes con diagnóstico confirmado de enfermedad de Fabry (déficit de alfa-galactosidasa A) en adolescentes y niños de 8 años o mayores (A).
1 mg/kg c/2 semanas por perfusión intravenosa.
No se ha establecido todavía la seguridad y eficacia en niños de 0 a 7 años.
Ajuste de dosis para toxicidad: para pacientes con anticuerpos IgE o test de sensibilidad cutánea positivo: 0,5 mg/kg c/2 semanas a una velocidad de perfusión máxima de 0,01 mg/minuto; se puede ir aumentando hasta 1 mg/kg c/2 semanas, según tolerancia.
Administración:
Hipersensibilidad potencialmente mortal (reacción anafiláctica) al principio activo o alguno de los siguientes excipientes: manitol, fosfato sódico monobásico monohidratado y fosfato sódico dibásico heptahidratado.
Se describen solo las frecuentes (1-10%), muy frecuentes (>10%), para el resto, consultar la ficha técnica.
Excipientes (pueden ser diferentes según presentación comercial; consultar ficha técnica específica): manitol y fosfato sódico monobásico monohidratado y dibásico heptahidratado.
Condiciones de conservación: conservar entre 2-8 °C.
Presentaciones comerciales: las presentaciones disponibles en España* pueden consultarse online en el Centro de Información de Medicamentos de la AEMPS (CIMA), http://www.aemps.gob.es/cima
* Por falta de disponibilidad en ocasiones se emplea un medicamento no disponible en nuestro país (Synacthen®) y que se tramita por la vía de los medicamentos extranjero.
Fecha de actualización: agosto de 2020.
La información disponible en cada una de las fichas del Pediamécum ha sido revisada por el Comité de Medicamentos de la Asociación Española de Pediatría y se sustenta en la bibliografía citada. Estas fichas no deben sustituir en ningún caso a las aprobadas para cada medicamento por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) o la Agencia Europea del Medicamento (EMA).