Carta de la AEP a sus socios ante la entrada en vigor del nuevo Código de Transparencia de la Industria Farmacéutica
En nombre del Comité Ejecutivo de la Asociación Española de Pediatría, ante la entrada en vigor del nuevo Código de Transparencia de la Industria Farmacéutica con los profesionales sanitarios.
La AEP informa a sus socios
La Asociación Española de Pediatría considera importante informar a sus socios de las implicaciones, a partir de enero 2015, de la entrada en vigor del nuevo código de transparencia de Farmaindustria.
La Federación Europea de la Industria y Asociaciones Farmacéuticas (EFPIA), así como sus 33 asociaciones nacionales, entre las que se encuentra Farmaindustria, ha desarrollado un nuevo Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica por el que se obliga a las compañías adscritas a Farmaindustria a publicar anualmente en su página web y con libre acceso cualquier transferencia de valor que realicen a profesionales y organizaciones sanitarias.
Desde el próximo 1 de enero de 2015, los laboratorios farmacéuticos adscritos a Farmaindustria van a recoger toda la información relativa a estas transferencias de valor y las harán públicas anualmente a partir del 2016 en su página web en abierto y reportarán esta información a Farmaindustria.
Como consecuencia de ello, distintas compañías farmacéuticas están actualmente solicitando a cada profesional sanitario la firma de un documento que contenga la autorización para la publicación de esos datos y la forma en que quieren que aparezca publicada (individual o agregada).
Las interacciones con profesionales y organizaciones sanitarias correspondientes a actividades realizadas a lo largo del año 2015 y que se harán públicas en el primer semestre 2016 son las siguientes:
- Todas las prestaciones de Servicios (ponencias, reuniones de trabajo, asesorías y actividades similares remuneradas)
- Todas las colaboraciones con Congresos (inscripciones, viajes, hoteles)
- Donaciones
- Patrocinios
- Gastos derivados de acuerdos de investigación (ensayos clínicos y estudios). En este caso se publica la suma total y no se identifica ni al profesional sanitario ni a la organización.
Cómo afecta al profesional sanitario
Cada compañía farmacéutica proporcionará un documento al profesional sanitario para que de su consentimiento para publicar los datos o bien de forma individual o agregados.
1. Datos individuales
La compañía farmacéutica publicará las transferencias de valor que haya tenido con el profesional sanitario detallando el nombre completo del profesional sanitario. Es importante recordar que la publicación de los datos individuales debe realizarse de acuerdo a la normativa vigente en España sobre el uso de datos personales (LOPD) y solo podrá realizarse con el consentimiento expreso de cada profesional sanitario.
2. Datos agregados
La compañía farmacéutica no podrá publicar las transferenicas de valor que haya tenido con el profesional sanitario detallando su nombre completo, sin el consentimiento expreso, y en ese caso aparecerán colectivamente de la siguiente forma:
- El laboratorio publicará la suma total anual por concepto.
- El laboratorio especificará a cuántos profesionales.
- El laboratorio especificará el % de profesionales sanitarios que no han dado consentimiento.
Cómo afecta a las sociedades científicas y a las organizaciones, incluidas las sociedades limitadas
La publicación de información relativa a sociedades científicas y de organizaciones, -incluidas las sociedades limitadas- no puede acogerse a la normativa vigente en España sobre el uso de datos personales (LOPD) y por tanto los laboratorios farmacéuticos publicarán los datos anuales de sus aportaciones con el nombre de la sociedad u organización. Los datos se agruparán en los siguientes conceptos:
- Actividades formativas y reuniones:
- Patrocinio
- Inscripciones
- Viajes y alojamiento
- Prestación de servicios (honorarios)
- Donaciones
No hay un único modelo de consentimiento de farmaindustria, cada compañía tendrá el suyo y podrá tener diferentes formatos: en cada contrato o congreso, anualmente, etc., por lo que es recomendable que se solicite a cada compañía farmacéutica la posibilidad de lectura detallada del documento antes de la forma del mismo, con copia por escrito para el profesional.